P. ¿Cómo puedo convertirme en padre de acogida?
R. El Departamento de Niños y Familias de CT atiende a las familias de Connecticut. Las normas estatales guían los procesos de obtención de licencias de las familias. El primer paso es completar una entrevista llamando al tel:18885434376, o en línea. El siguiente paso es asistir a una sesión informativa. Aprenderá sobre la misión de la agencia, a quiénes atendemos y la filosofía de que el cuidado de acogida es un apoyo para las familias. Para obtener más información sobre las sesiones informativas, visite: https://fasu.dcf.ct.gov/events/FASU_Events_Calendar.asp
P. ¿Hay requisitos de edad para los solicitantes?
R. Sí, debe tener al menos 21 años.
P. ¿Quién puede ser cuidador de acogida?
R. Cualquier adulto, soltero o casado, que sea capaz de brindar un hogar seguro y amoroso a un menor es elegible para ser cuidador de acogida. No existe discriminación por motivos de raza, edad, identidad o expresión de género, estado civil o sexualidad inherente real o percibida. Los padres de acogida pueden tener 21 años o ser personas mayores. Los padres pueden ser inquilinos opropietarios de la residencia.
NOTA: Todos los posibles padres deben asistir a las clases, ya seade forma virtual, presencial o híbrida. El curso abarca una amplia gama de temas que pueden serútiles al ejercer como padres de un menor con necesidades especiales, e incluye estudios en elhogar. Además, los posibles padres deben pasar la verificación federal, estatal y local de losantecedentes penales y del DMV. En total, el proceso de obtención de la licencia puede durar4 meses o más en completarse.
P. ¿Afecta al proceso de solicitud un matrimonio reciente, un divorcio, el nacimiento de un hijo, la muerte de un ser querido u otro cambio o acontecimiento importante en la familia?
R. Sí. Todos los acontecimientos vitales importantes se evaluarán caso por caso. A veces, se recomienda esperar un poco. Las familias necesitan estabilidad antes de considerar tener un hijo más.
P. ¿Hay un requisito de ingresos mínimos?
R. La familia debe contar con ingresos suficientes para cubrir sus gastos de vida (alquiler, calefacción, electricidad, alimentos, seguro, médicos, etc.) sin el estipendio mensual para el cuidado de un hijo de acongida.
P. ¿Es obligatorio ser propietario de una vivienda?
R. No. Usted puede ser inquilino o propietario de un apartamento, una vivienda unifamiliar o un condominio. Debe tener una cama para cada hijo de acogida y tener habitaciones separadas para los niños de sexo opuesto a partir de los tres años.
P. ¿Puedo trabajar fuera de mi casa?
R. Sí, siempre que el trabajador social del menor apruebe el plan, que se basará en la edad y las necesidades del menor.
P. ¿Tiene el menor seguro médico?
R. Sí, cada menor tiene cobertura pagada por el estado a través de una empresa de atención administrada.
P. ¿Puedo elegir qué menores se colocan en mi hogar?
R. Las familias identifican sus preferencias con respecto a la colocación al momento de obtener la licencia. El trabajador encargado de conceder la licencia comparte una recomendación para que el especialista en colocación esté informado de qué tipo de niño se ajusta mejor a la familia. Planificamos el emparejamiento más idóneo para que la primera colocación de un niño pueda ser la última.
P. ¿Puedo ser padre de acogida si tengo uno o más hijos?
R. Sí, puede. Las familias que tienen experiencia de crianza son un excelente recursos para los menores en espera. Algunas familias tienen hijos de acogida mientras sus hijos biológicos todavía están en el hogar. Muchas familias que tienen hijos adultos pueden experimentar sentimientos de ‘nido acío’ y se convierten en padres de acogida, a menudo de un niño más grande o un grupo de hermanos.
P. ¿Existe un límite para la cantidad de niños que se permite en mi hogar?
R. Sí. La cantidad máxima de niños que se permiten, incluidos los propios, es seis. La cantidad máxima de niños de acogida colocados en el hogar es de tres al mismo tiempo.
P. ¿Pueden las personas o padres solteros ser padres de acogida?
R. Sí. Se permite y apoya el cuidado de acogida por familias monoparentales. También se anima a las personas LGBTQIA+ a ser padres de acogida en Connecticut.
P. ¿Pueden las parejas del mismo sexo ser padres de acogida?
R. Sí. Se permite y apoya el cuidado de acogida por parejas del mismo sexo (tanto casadas como parejas que viven juntas en el mismo hogar).
P. ¿Hay subsidios disponibles para las familias?
R. Sí, las familias de acogida reciben un estipendio para ayudar a cubrir algunos de los costos de cuidar a un menor.
P. ¿Hay requisitos de salud para los padres de acogida?
R. Las agencias exigen informes de exámenes médicos de un médico para los cuidadores primarios y todos los miembros del grupo familiar. Esto no significa que deba estar en perfecto estado físico. Las familias deben ser capaces, tanto mental como físicamente, de cuidar al menor.
P. Además del trabajador social asignado, ¿quién más podría visitar mi hogar?
R. El abogado, el trabajador de apoyo, el defensor o el proveedor de servicios del menor podrían realizar visitas al domicilio. Por lo general, son planificadas.
P. ¿Cuánto tiempo permanecen los menores con las familias de acogida?
R. Los niños necesitan a las familias durante todo el tiempo que estén a cargo del estado. El DCF se esfuerza por reunificar a las familias en un plazo de 12 meses desde la separación. Si la reunificación no es posible, los niños necesitarán permanencia. Algunas familias de acogida bridan cuidado de relevo a corto plazo de hasta 14 días o por una noche para Careline del DCF. Algunas familias de acogida adoptan a los niños en cuidado de acogida.